Complemento de Ayuda para la Infancia del Ingreso Mínimo Vital

30.08.2024

El complemento de Ayuda para la Infancia forma parte del Ingreso Mínimo Vital (IMV), aunque se puede conceder de forma independiente. Aquí puedes resolver tus dudas y saber cómo comprobar si tienes derecho a percibirlo o cómo solicitarlo. Es un instrumento clave para luchar contra la pobreza infantil.


Importe
Su importe se establece en función del número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia, y en función de la edad que tengan el día 1 de enero de cada año, con arreglo a los siguientes tramos (importes actualizados para 2024):
• Menores de tres años: 115 euros.
• Mayores de tres años y menores de seis años: 80,50 euros.
• Mayores de seis años y menores de 18 años: 57,50 euros.
Requisitos
Tienen derecho al reconocimiento de este complemento las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del Ingreso Mínimo Vital, así como los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos para el complemento de Ayuda para la Infancia:
• Ingresos inferiores al 300% de los umbrales establecidos en la escala de incrementos para el cálculo de la renta garantizada según el tipo de unidad de convivencia:• Que el patrimonio neto sea inferior al 150% de los límites fijados en la escala de incrementos para el cálculo del límite de patrimonio aplicable según el tipo de unidad de convivencia:• Cumplir el test de activos cuyo límite para un adulto será de 6 veces la renta garantizada, con una escala de incrementos igual a la del límite de rentas según el tipo de unidad de convivencia:

Más información:

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Horario de Lunes a Viernes 9.00 a 14.00 y Miércoles de 16.00 a 18.00
 
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